Sala IV declara inconstitucional proyecto para el patrocinio de licor en el deporte

Nota por aDiarioCR.com

Inconstitucionalidad se debe a que el proyecto fue dispensado de trámites cuando ya se había dictaminado en comisión

La Sala IV declaró inconstitucional el proyecto de ley 21.663 que pretende reformar la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, para permitir que empresas que producen, distribuyen y comercializan bebidas alcohólicas, patrocinen sus marcas en el deporte.

Un vicio esencial de procedimiento en el expediente impulsado por el diputado socialcristiano, Erwen Masís, fue el motivo de la declaración.

Específicamente, la inconstitucionalidad se debe a que en noviembre del año pasado, un día antes de aprobarse la propuesta en primer debate, los congresistas votaron a favor de una moción para dispensar de trámites la iniciativa.

La Sala Constitucional determinó que una vez que un proyecto es dictaminado en Comisión, no puede recibir dispensa de trámites mediante el artículo 177 del Reglamento del Congreso, pues el texto literal de la norma dispone que esa figura -que puede aprobarse con mayoría simple- solo puede aplicarse para iniciativas que aún no han sido dictaminadas por una Comisión.

Con respecto a lo declarado, el diputado Masís informó: “Me voy a tomar el tiempo para poder estudiar con detenimiento el fallo completo. Sin embargo, con el material que ya se nos ha suministrado, puedo indicar que el proyecto continúa, que lo resuelto tiene relación con la forma y no con el fondo”.

El socialcristiano comentó que el procedimiento a seguir es que el expediente se traslade a la comisión de consultas de constitucionalidad, “para que esta a su vez pueda publicar de nuevo y trasladar de nuevo a Plenario para continuar con las votaciones correspondientes”, aseguró.

Diputado sostiene que proyecto es de gran importancia para los deportistas

La iniciativa establece que el patrocinio de licor puede darse en uniformes, vallas de estadios o gimnasios, artículos deportivos de todos los equipos, asociaciones, federaciones, ligas deportivas, transporte utilizado para competencias, entre otros. El proyecto señala una única prohibición, que es colocar el logo de la marca de la compañía en uniformes de ligas menores.

Como parte del proyecto, los patrocinadores deberán declarar al Ministerio de Salud el monto acordado en cada contrato de patrocinio y retendrá un 10% del total del monto económico del contrato, que posteriormente sería distribuido en: 2% para la atención sobre el consumo de drogas, 2% en la prevención de obesidad y 6% en equipamiento de atletas de la Comité Olímpico Nacional (CON).

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