Patrocinar el deporte con bebidas alcohólicas va contra la salud

Proyecto de Ley 21.745 fomentaría consumo temprano de alcohol

13 de agosto, 2021. Bajo la excusa de propiciar recursos para fomentar el deporte, los diputados estarían atentando contra la salud pública y fomentando el consumo temprano de bebidas alcohólicas y sus conductas problemáticas en los menores de edad, tal y como lo respalda la evidencia científica, advirtió la Asociación Costa Rica Saludable. La Asociación reafirma su posición en contra y realiza un llamado para que esta iniciativa sea rechazada en la Asamblea Legislativa.

Para Costa Rica Saludable, aumentaría el consumo temprano de licor si finalmente se aprueba el proyecto de Ley 21.745 Ley para el Patrocinio de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Deporte y Creación del Fondo Nacional del Deporte de Alto Rendimiento,

La iniciativa se encuentra en el trámite de mociones vía 137 en la Comisión de Económicos para luego continuar su curso en el Plenario Legislativo. Costa Rica Saludable insiste en respetar la argumentación que ya organizaciones como la Defensoría de los Habitantes, UNICEF y la Organización Mundial de la Salud han expresado en contra de esta iniciativa.

“Consideramos que este proyecto violenta el derecho fundamental a la salud, vulnera el principio constitucional de velar por el interés superior de las personas menores de edad, así como la falta de razonabilidad y proporcionalidad de la medida y la violación del principio de progresividad de los derechos fundamentales. Además de que ignora criterios científicos y estrategias mundiales para reducir los daños por el consumo del alcohol”, explicó el Dr. Javier Vindas de Costa Rica Saludable.

La ‘Estrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol de la Organización Mundial de la Salud sobre el Marketing de las bebidas alcohólicas establece que: “La reducción del impacto del marketing, sobre todo entre los jóvenes y adolescentes, es un objetivo importante si se quiere reducir el uso nocivo del alcohol”.

Costa Rica Saludable sustenta su posición en las siguientes razones:

  1. El Estado debe ser ante todo vigilante y garante de la salud pública. La salud es un derecho humano. Se debe legislar a favor de la salud pública para proteger a la población de factores de riesgo, en especial a los menores de edad. En múltiples estudios revelan la relación entre el inicio temprano en el consumo de bebidas alcohólicas y la alta disponibilidad, bajo costo, influencia de la publicidad e influencia del patrocinio de bebidas alcohólicas. Para el Dr. Luis Sandí, psiquiatra del IAFA, “el texto sustitutivo que se propone es un retroceso en materia de salud, ya que amplía el patrocinio a toda actividad deportiva, dejando al descubierto oportunidades para que las marcas de alcohol se instauren en camisetas de equipos infantiles, festivales deportivos estudiantiles, celebraciones comunales deportivas y todo tipo de actividad familiar que hoy está protegida por Ley”.
  1. Prima un aspecto económico y no la salud de las personas. El documento mismo señala en su página 4: “Permitamos, entonces, que el deporte tenga un nuevo impulso, con el patrocinio de aquellos que son los mayores beneficiados económicamente del avance de nuestros atletas”.
  1. Los impuestos al alcohol sí son una medida de salud. Al igual que los impuestos al tabaco, los impuestos al alcohol sí son una medida en pro de la salud que pueden dirigirse al deporte. Por ejemplo, en 2019, el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) repartió ¢350 millones en becas y en el 2020 tendrá adicionalmente ¢3.000 millones, provenientes de impuesto al tabaco (Ley 9028).
  1. En un informe sobre la reglamentación a la comercialización de alcohol, de la OPS, Costa Rica se coloca como ejemplo en materia de restricciones a seguir: “Los anuncios no pueden presentar deportes ni figuras del deporte, o bien intelectuales, científicos o profesionales famosos o conocidos en cualquier profesión; tampoco pueden transmitirse en los medios dirigidos o diseñados para atraer a los menores.”
  1. Concepto de “Progresividad” aplicado a los programas de salud. El principio de progresividad es entendido como un conjunto de medidas o condiciones que el Estado debe adoptar irrestrictamente, para asegurar el avance gradual, sostenido y efectivo de políticas públicas que garanticen la plena efectividad de los derechos de la población. La protección alcanzada respecto al derecho humano a la salud debe ser respetada e incrementada.
  1. Se tiene certeza científica que una de las poblaciones más afectadas por el mercadeo, publicidad y patrocinio de bebidas con contenido alcohólico son los adolescentes, porque en ellos el consumo de alcohol muestra tres vulnerabilidades distintivas indicadas por el estudio Exposure to alcohol advertisements and teenage alcohol-related problems:  La impulsividad; la autoconciencia y la duda de sí mismo; y; el riesgo elevado de uso del alcohol, incluyendo el comportamiento impulsivo.

Este proyecto de Ley que no tiene otra justificación que aumentar el consumo de licor, pues si no fuera así, no habría interés de patrocinio. El mismo va en contra del avance en materia de salud pública y en detrimento de la calidad de vida de los costarricenses.

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